Bajo el lema revolucionario “hacerlo rápido y hacerlo bien”, el sector petrolero desde noviembre del año 2007, fue sometido a un ininterrumpido proceso de contratación directa, al amparo de decenas de declaratorias de emergencia.
Años después, los resultados empiezan a pasar factura al país. Uno de los casos investigados por La Fuente, es la contratación por parte de Petroecuador (2008), de dos taladros de perforación con las compañías Oilservices y Procuserve.
Cinco años se debió esperar para que un informe de la Contraloría de junio de 2013, confirme que las dos torres nunca llegaron al país, y que, los empresarios recibieron USD 18 millones en calidad de adelanto, de parte del mando naval de Petroecuador. Sin embargo, el perjuicio total al país incluyendo el lucro cesante superaría los 30 millones de dólares.
El examen especial realizado por la Contraloría a los contratos (2008055 y 2008056) con las empresas Oilservices y Procuserve, fue por un periodo comprendido entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de julio de 2010.
El monto examinado asciende a USD 60 187 827.64 correspondiente a la suma total de los contratos adjudicados a Procuserve Ecuador S.A. por USD 30 097 093.63 y la empresa Oilservices Servicios Petroleros S.A. por USD 30 090 734.01, de esa cifra los contratistas recibieron USD 18 millones de adelanto, USD 9 millones por cada una, recursos entregados violando la resolución 94-PEC-2007, del 27 de febrero del 2007, con la cual se prohibió la entrega de adelantos, salvo informes debidamente motivados, lo cual en este caso no existió.
Además, los términos de referencia tampoco establecían la entrega de anticipos. El equipo auditor de Contraloría también detectó que la orden de entrega del adelanto la emitió el vicepresidente Camilo Delgado, en nota manuscrita inserta en la copia de un email del 21 de abril del 2008, la cual dice: “Ing… rever esta respuesta, toda vez que tratándose de negociación directa y a fin de obtener una propuesta económica más favorable de los oferentes, se considera un 30% de anticipo…”
Conforme señala el examen especial de la Contraloría, en febrero de 2012, Petroecuador informó que existía la posibilidad de un entendimiento en el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado con la compañía Oilservices, orientado a la recuperación del 30% del anticipo entregado (USD 9 millones). Plan V intentó sin éxito hablar con los representantes de las compañías para conocer los resultados del posible acuerdo.
Las compañías se comprometieron a entregar las dos torres en 60 días, con los precios anteriormente mencionados, a partir de la suscripción de los dos contratos, el 23 de septiembre de 2008. La administración naval de Petroecuador, adjudicó los contratos a Oilservices y Procuserve, pese a estar informados de que las torres de perforación ofertadas no eran de su propiedad, sino de la empresa J&J Drilling International. A esa fecha, Petroecuador estuvo presidida por el contralmirante Luis Jaramillo Arias, y el ministerio de Minas y Petróleos estaba a cargo del actual fiscal general, Galo Chiriboga.
La urgencia de detener la caída de la producción de crudo, sostenerla o mejorarla para aliviar la caja fiscal, fue el argumento para la suscripción del decreto 766, declarando el estado de emergencia en Petroecuador.
Con el referido instrumento jurídico, el presidente Rafael Correa y su ministro de petróleo, Galo Chiriboga, daban un giro de timón en el principal sector económico del país, poniendo en manos de la Fuerza Naval, el manejo de una empresa técnicamente compleja y atravesada por poderosos intereses externos.
Falsa emergencia para adjudicar directamente
La responsabilidad recayó en el comandante de la Marina de ese entonces, almirante Homero Arellano, el contralmirante Fernando Zurita Fabre, designado Presidente de Petroecuador, y en decenas de oficiales navales que tomaron control de todas las fases de la industria petrolera.
La primera medida adoptada bajo el paraguas de la emergencia, fue la movilización militar para sofocar la protesta social en la población de Dayuma, que derivó en la toma de las instalaciones del campo Auca. Aunque el espíritu de la emergencia estaba orientado a destrabar los procesos licitatorios que, según el gobierno, impedían la contratación rápida de obras y servicios en el sector. La emergencia permitía adjudicar directamente, incluso a empresas no calificadas.
De esa forma, cualquier contrato, hasta de alimentación o adquisición de uniformes, era considerado emergente y adjudicado fuera del universal proceso de calificación y selección de ofertas.
Guiados por la luz matriz del decreto 766 y los subsiguientes decretos renovados, en abril del año 2008, la oficialidad naval calificó de emergente la contratación de varias torres de perforación para Petroecuador. Así el mando de la Armada en la filial Petroproducción tuvo vía libre para la contratación directa de tres taladros. Con estas torres se esperaba incrementar la producción en 9786 barriles diarios.
Previamente, a través de la resolución 009-DIR-2008 de 16 de enero de 2008, los miembros del Directorio de Petroecuador, liderados por el entonces ministro Galo Chiriboga, aprobaron el Plan Operativo de Petroproducción, en el cual se incluyó la perforación de 83 pozos para alcanzar una producción de 67 300 000 de barriles de petróleo crudo. El 4 de marzo del 2008, el exvicepresidente de Petroproducción Camilo Delgado Montenegro, emitió el Instructivo para la Negociación Directa en los Procesos de Contratación de Obras, Bienes y Servicios Específicos de Petroproducción en el que se estableció que: “No será necesario que las empresas o personas se encuentren previamente calificadas. Las invitaciones serán suscritas conjuntamente con el Vicepresidente de Petroproducción…”
Según el informe de Contraloría, después del trámite correspondiente, el subgerente de operaciones, Juan Chiriboga, comunicó, el 27 de marzo del 2008, al Vicepresidente de Petroproducción que como resultado del proceso de contratación emergente de cinco torres, solamente se contrataría dos o tres equipos, por lo que era indispensable que se realice un nuevo proceso de contratación: “…Sobre la base de los antecedentes expuestos y con el fin de mantener y elevar los niveles de producción solicito a usted autorice realizar el trámite correspondiente a efecto de calificar como situación de emergencia la prestación del servicio de perforación de pozos horizontales, direccionales, reinyectores y verticales con uno a tres equipos por dos años y proceder a contratar directamente los mencionados servicios con la o las empresas que ofrezcan las mejores condiciones técnicas y económicas…”
El pedido de Chiriboga fue acogido por Camilo Delgado, quien calificó de emergente la contratación directa con las empresas que ofrezcan las mejores condiciones técnicas y económicas, y sus equipos se encuentren dentro o fuera del país, el plazo sería de dos años y el monto aproximado de USD 87 793 720.08.
Es así que Delgado aprueba, el 11 de abril del 2008, el protocolo de procedimientos y determinación de los términos de referencia, preparado por los miembros de la Comisión de Negociaciones, en el que constaron 11 empresas a ser invitadas, entre ellas dos de las tres que resultaron ganadoras: Sinopec International Petroleum y Oilservices, mas no Procuserve, la cual fue incluida en la invitación por disposición directa del comandante Delgado mediante nota suscrita el 14 de abril del 2008.
Luego del análisis de las ofertas y de las negociaciones con las empresas oferentes, el 18 de junio de 2008, los miembros de la Comisión, presentaron su informe final a Delgado, en el cual recomendaron la adjudicación a tres empresas (ver cuadro adjunto).
La primera sorpresa fue descubrir que la compañía Procuserve entre sus objetivos empresariales tiene: importar, exportar y comercializar toda clase de herramientas para la industria hotelera y hospitalaria, lo cual por obvias razones no tenía como sustentar los requerimientos de la empresa estatal de petróleo.
Según Contraloría, la empresa Procuserve fue calificada en Petroproducción recién 31 días antes de la convocatoria a presentar propuestas para la contratación, mientras que Oilservices lo hizo el 6 de mayo de 2008, es decir con posterioridad a dicha convocatoria y luego de que las ofertas fueron presentadas. Sin embargo, la máxima autoridad de Petroproducción, procedió a incluir en la lista de oferentes, y autorizar la contratación con una empresa de la cual no hay registro que haya vendido una camilla a un hospital, mucho menos una torre de perforación.
Por el monto de los dos contratos (USD 60 millones), Petroecuador pudo haber comprado, no arrendado, hasta tres torres.
En el caso de Oilservices, no se localizó evidencia documental en la que se hayan basado los miembros de las Comisión de Contratación, para haber incluido a esta empresa en la invitación a ofertar. En ninguno de los dos últimos casos, el objeto social tuvo relación directa con las necesidades del concurso, ni se evidencia experiencia en este tipo de servicios, menos aún, respaldo económico. ¿Eran empresas de papel, creadas y acopladas para el efecto?
El incumplimiento de Oilservices y Procuserve sigue siendo un tema enfrascado en una contienda legal entre las partes sin visos de solución. Además, el caso ha pasado de un funcionario a otro debido a los constantes cambios de dirección de Petroecuador, impidiendo así, se facilite la recuperación del anticipo de USD 18 millones (USD 9 millones por cada firma), que representa el 30% del monto de ambos contratos.
En ambos casos, el informe de la Contraloría es categórico al afirmar que no se justificó la declaratoria de emergencia “al haber aceptado propuestas de inicio de operación de 60 días luego de haber efectuado la adquisición, lo que generó la participación de empresas que no demostraron tener capacidad técnica y respaldo económico para la prestación del servicio…”
Los protagonistas explican
Para el año 2009, el nuevo vicepresidente de Petroproducción, Freddy García, se abstuvo de comentar porque -según un vocero de prensa- el proceso aún se encuentra en espera de una resolución judicial. Mientras que por otro lado, Joffre Campaña, abogado de Oilservices, explicó que las torres no llegaron debido a las incidencias del huracán Ike, que golpeó al Estado de Texas, EE.UU. donde se encontraban. “El huracán provocó inundaciones y estas, a su vez, daños eléctricos en esas torres, por lo que debían ser reparadas antes de su ingreso al país”, dijo el jurista, que también fue defensor de Fabricio Correa, hermano del presidente de la República.
Campaña aseguró que se trataba de un hecho de fuerza mayor. Sin embargo, ambas firmas reportaron el incidente 66 días después de ocurrido el siniestro, el 12 de septiembre de 2008, cuando la cláusula cuarta del contrato establece que se debía hacer en no más de 30 días, por lo que Petroproducción canceló ambos contratos de forma unilateral el 9 de marzo del 2012.
Por su parte, Fernando Acosta, abogado de Procuserve, indicó que la compañía recién constató el daño en las torres el 17 de octubre del 2012.
Las autoridades de Houston (EE.UU.), donde estaban las torres, no permitieron el acceso al área, debido a las inundaciones ocasionadas por el huracán, señaló Acosta. Para él, los 30 días de los que habla la cláusula cuarta se cuentan desde que se pudo constatar el siniestro, mientras que Petroproducción insiste en que es desde el día que el huracán pasó por Houston.
La declaratoria de emergencia, que ampara la contratación fue expedida por Patricio Goyes, entonces vicepresidente de Petroproducción. Él justificó esta decisión sosteniendo que de no llegarse a realizar las actividades, “Petroproducción dejaría de producir un estimado de 9 786 barriles diarios de crudo”, según consta en la resolución 2008103. Pero Goyes no llegó a suscribir el contrato, pues solo se mantuvo en el cargo seis meses. Su reemplazo, el capitán de navío, Camilo Delgado concretó la firma, pero nunca llegó a ver la operación de las torres, se mantuvo en su cargo tan solo nueve meses.
Lo más curioso de este proceso es que Petroproducción se demoró más de dos meses en informar a las compañías que no aceptaba su pedido de ampliación del plazo de entrega de las torres (26 de enero de 2009). Y otros dos meses más para terminar el contrato. Esta última decisión está siendo apelada por las firmas, a través de una Acción de Protección en la Corte Provincial de Pichincha.
Incumplimiento de plazos de ejecución
El informe de la Contraloría, de acuerdo con la oferta de Procuserve, el plazo para la llegada de los equipos, era de 60 días calendario, contabilizados a partir de la fecha de adjudicación que fue el 27 de agosto de 2008, por lo que la torre de perforación debía iniciar las operaciones el 26 de octubre de ese año. De igual manera, la suscripción del contrato se efectuó el 23 de septiembre de 2008.
Si bien los reportes de los daños se solicitaron el 1 de octubre de 2008, y se obtuvieron el 18 de mismo mes y año, no se evidencian acciones por parte de Procuserve para comunicar a Petroproducción sobre los posibles efectos del huracán en los equipos; la notificación de los daños y el pedido de fuerza mayor a Petroecuador se efectuó el 17 de noviembre de 2008, es decir a los treinta días de conocido el reporte mencionado. La entrega de los USD 9 millones, de anticipo se realizó el 2 de octubre de 2008.
Oilservices en cambio, mediante su representante Víctor Julián Castañeda, daba aviso de la fuerza mayor al subgerente de operaciones de Petroproducción, basado en los daños ocasionados por el huracán a los equipos de la torre, indicando que éstos no podrán ser reparados y puestos a prueba antes del 18 de diciembre de 2008. De acuerdo con los términos de la oferta y la fecha de adjudicación del contrato con Oilservices, el plazo de inicio de operaciones era 26 de octubre de 2008.
El plazo para la llegada de los equipos en este contrato, de acuerdo con la oferta de la contratista, era de 60 días calendario, contabilizados a partir de la fecha de adjudicación, que fue el 27 de agosto de 2008, por lo que la torre de perforación debía iniciar su operación el 26 de octubre de 2008.
La suscripción del contrato se efectuó el 23 de septiembre de 2008, es decir once días después de ocurrido el huracán. Si bien los reportes de los daños se solicitaron el 1 de octubre de 2008, y se obtuvieron el 17 de octubre, no se evidencian acciones por parte de Oilservices para prevenir a Petroproducción sobre los posibles efectos del huracán en los equipos, de hecho, la notificación de los daños y el pedido de fuerza mayor a Petroecuador se consumó el 17 de noviembre de 2008, treinta días después de haberse dado a conocer el reporte mencionado.
En el informe de Contraloría, este hecho se califica como no-procedente, puesto que el fenómeno natural se produjo antes de la firma del contrato, y el reclamo se hizo fuera del plazo contractual.
Garantías y la aseguradora Confianza
El 7 de octubre de 2008, Oilservices entregó a Petroproducción la póliza de buen uso del anticipo, emitida por la compañía de Seguros Confianza por USD 9 027 220.20 con una vigencia de 101 días y como un acuerdo incondicional, irrevocable y de cobro inmediato.
Al no iniciar las operaciones contratadas en el tiempo establecido contractualmente, Petroproducción terminó unilateralmente el contrato. Esto lo relata el vicepresidente de Petroproducción encargado, Manuel Caamaño Baidal en una demanda presentada ante el Juzgado Décimo Primero de lo Civil de Pichincha, donde redacta claramente que la empresa Confianza se negó a pagar las garantías previamente establecidas, justificándose sin argumentos jurídicos, lo que dio tiempo a Oilservices a presentar una acción de protección contra la decisión de Petroproducción de terminar unilateralmente el contrato 2008056, permitiendo a la vez que Confianza presente su propia acción de protección contra las pretensiones legales de cobro de garantía de la petrolera.
La empresa Oilservices también se negó a presentar nuevas garantías de fiel cumplimiento de contrato y buen uso de anticipo, por lo que ninguna empresa puede responder el anticipo de USD 9 027 220.20 que se le entregó.
El mismo caso se repite con la empresa Procuserve, cuyas garantías también fueron manejadas por la aseguradora Confianza, mediante las pólizas de fiel cumplimiento de contrato y buen uso de anticipo.
Confianza se negó a pagar las garantías, repitiéndose así la misma historia de Oilservices con Procuserve, empresa que aprovechó esa coyuntura para presentar una acción de protección contra la decisión de Petroproducción de terminar unilateralmente el contrato. Confianza presenta así su propia acción de protección.
Finalmente, las multas por los incumplimientos de Procuserve y Oilservices han ascendido a USD 6 019 418.73 y USD 6 018 146.80 respectivamente. Estos valores corresponden al 20% de los montos de los contratos, por lo que Contraloría recomienda se analice por parte del Procurador de EP Petroecuador, la situación real de las empresas en cuestión con el fin de proponer estrategias y llegar a un entendimiento.
Han transcurrido cinco años desde que varios ciudadanos denunciaron el hecho a las autoridades de control y hasta la fecha no existe un solo sindicado en este nuevo perjuicio al erario público. Se espera que el presente examen especial de la Contraloría no vaya nuevamente a poblar el cementerio de la impunidad, y que un presunto conflicto de intereses en la Fiscalía , no derive en intereses en conflicto.