Qué prestancia de Jimmy Jairala en radio y televisión, pregunta de política, sociología, y hasta parece que sabe de ética y cultura. Un privilegiado que aprendió a limpiar el aire que le rodea seguramente por su conocimiento de caballerizas: sabe que en las pesebreras debe haber grandes ventanas para que el ambiente se mantenga limpio. Pero no todo se puede esconder y menos el estiércol. Expertos que somos en rastrillarlo (muckrakers) les presentamos la historia completa del ex prefecto del Guayas y de cómo la justicia le limpió la inmundicia.
Casi medio centenar de informes con indicios de responsabilidad penal (IRP) elaboró la Contraloría General del Estado en contra del ex prefecto del Guayas, Jimmy Jairala Vallaza y sus más cercanos colaboradores desde el 2013 hasta el 2019. 21 de estos fueron por peculado y uso de documento falso. El sistema de justicia archivó esos procesos liberando de culpa a Jairala pero redireccionó 20 nuevas investigaciones hacia contratistas y funcionarios de las comisiones técnicas de contratación de la Prefectura, bajo la figura de falsificación y uso doloso de documento falso. Estos procesos ya prescribieron y también se archivaron. En otros 12 casos se desconoce su estatus legal en fiscalías menores; y 14 se encuentran en indagación previa.
Los procesos legales iniciados en contra de Jairala cuando estuvo al frente de la Prefectura del Guayas se han diluido gracias a determinadas maniobras de investigación usadas por la Fiscalía.
En al menos 33 casos este organismo antes que verificar las presuntas irregularidades identificadas por la Contraloría en los procesos pre-contractuales y contractuales de varios proyectos (realizados entre marzo de 2009 y agosto de 2012), se limitó a reproducir los argumentos de los funcionarios de la prefectura de que bajo la emergencia declarada por Jairala el 26 de octubre de 2009 no se aplicaban controles mínimos en los procesos de contratación y que solo tenían que ceñirse a los pliegos de licitación, sin confirmar datos esenciales de los oferentes.
Otra táctica utilizada fue señalar que en todos los casos la Contraloría implicó al Prefecto y su equipo bajo el delito de peculado atenuado que constaba en el Código Penal anterior. En agosto de 2014 entró en vigencia el nuevo Código Orgánico Integral Penal donde desaparece esa figura, por lo que no había delito que perseguir.
En los 20 procesos que se iniciaron solo en contra de los miembros del equipo de contrataciones de Jairala y varios contratistas, la táctica fue el tipo penal de uso doloso de documento privado. El tiempo por el cual se puede investigar este delito es de máximo 5 años. En cambio, si iniciaba las indagaciones por uso doloso de documento público podía extender las investigaciones por dos años más.
La Fiscalía rebasó los 5 años para iniciar las instrucciones fiscales por lo que pidió el archivo de todos los 20 casos.
Ahora la expectativa se centra en los 14 casos que a inicios de este mes la Contraloría reveló que están en indagación en la Fiscalía. En estos procesos casi ninguna área de acción de la Prefectura se salva de las investigaciones. Desde compras de repuestos, bienes y servicios y contratación de consultorías, hasta proyectos sociales para personas y grupos de atención prioritaria como adultos mayores, mujeres, jóvenes, así como el proyecto de equino terapia para personas con discapacidad.
Esta información se conoce luego de 8 años de presentadas las primeras denuncias en contra de Jairala, por pedidos de información del presidente de la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional, Fernando Villavicencio, a la Contraloría General del Estado, responsable de los informes con IRP y a la Fiscalía General del Estado donde constan los archivos de las denuncias. Pero el detalle de los exámenes especiales que derivaron en los IRP de la mayoría de estos aún permanecen ocultos porque a pesar de que ya pasó el tiempo que la ley ordena la reserva y la confidencialidad, siguen siendo un misterio.
Los primeros informes que se conocieron fueron los 33 IRP que el portal Mil Hojas publicó el 15 de febrero del 2019 y en los que constaban los 21 IRP que de un solo tajo fueron archivados por el juez Carlos Julio Aguayo, presidente de la Corte Provincial del Guayas, por pedido del Fiscal Provincial, Paúl Ponce Quiroz, a donde llegaron estos procesos por el fuero de corte del entonces Prefecto Jairala. En los procesos que había dudas, solicitaron consulta al entonces Fiscal General Galo Chiriboga, figura central del sistema de justicia del Correísmo, y este advirtió a la Corte que se debían desestimar todos los procesos. Y así ocurrió.
La caja de Pandora de Jairala, los informes que la justicia mandó archivar
En 16 de estos contratos se investigó a Jairala por presunto peculado y en 4 por uso de documento falso.
Los 12 restantes fueron derivados a fiscales de nivel inferior por fuero de corte: Fiscalías de Administración Pública 2, Administración Pública 3, Administración Pública 5, Fe Pública 5 y Soluciones Rápidas 1.
Y aunque supuestamente en las investigaciones fiscales no se encontraron elementos suficientes para pedir el inicio de juicios, la Contraloría aduce que a pesar del tiempo transcurrido no puede entregar los informes de ninguno de estos 33 IRP porque son reservados y confidenciales y se justifica citando el artículo 584 del Código Integral Penal (COIP) y un reglamento interno.
Se refiere al Reglamento de Clasificación y Observación Reservada de la Contraloría vigente desde el 2017, que dispone que “los informes con indicios de responsabilidad penal se mantendrán en reserva de acuerdo a lo que dispone el COIP”.
Pero según el COIP, la reserva se aplica solo durante el tiempo que dura la investigación fiscal, es decir, un año si el delito que se investiga tiene una pena privativa de libertad de hasta 5 años, o dos si la pena supera los 5 años.
Una fiscal consultada por este portal explicó que “cuando el delito es peculado (por el que se investigó a Jairala en 16 casos) es imprescriptible porque es un delito de estado y en estos casos la investigación puede demorar años y solo se archiva si se determina que no existe el delito. Pero cuando se archiva, la información ya no constituye reserva. Lo que hace el juez es remitir el expediente de archivo de la investigación con su respectivo número, con el número de cuerpos y fojas, informa lo que ha dispuesto y esto aparece en el portal web de la Función Judicial”.
Pi hizo una revisión de los 20 casos derivados de los 21 donde se acusaba a Jairala de peculado y uso doloso de documento y se confirmó que estos no tenían reserva, pero todos donde se acusan a Jairala, no existen en el sistema.
Uno de ellos dirigido al fiscal de Fe Pública 7, Marco Ordeñana Baldeón, le informa que “dentro del expediente de archivo de la indagación No 2017-08561G con expediente fiscal No 090101815066152 que consta de un (3) cuerpo, con 385 fojas útiles, mediante resolución se ha dispuesto: …Devuélvase las actuaciones al fiscal interviniente, a fin de que se cumpla con lo ordenado en auto resolutorio de archivo”.
“En este punto, ya depende del fiscal para que resuelva una reserva de una investigación que ya no lo hay”, señaló la fiscal consultada.
El contralor subrogante Carlos Riofrío, interpreta el artículo 584 del COIP como una prohibición indefinida por lo que en dos pedidos de información del presidente de la Comisión de Fiscalización de la Asamblea, Fernando Villavicencio , dirigidos el 19 y el 31 de agosto pasados para conocer a detalle el contenido de los IRPs en contra de Jairala, respondió que no puede “transgredir las normas” y ofreció pedir al procurador del Estado “un pronunciamiento para definir el alcance de la reserva de la información”.
Pero Carlos Riofrío, en su respuesta a Villavicencio, reveló lo que estaba oculto por años en la institución que ahora está a cargo y en la Fiscalía General: Que no eran solo 33 los informes con IRP en contra del Prefecto del Guayas. Habían 14 adicionales que los remitieron a la Fiscalía General del Estado entre 2016 y 2021 y que corresponden a la segunda administración de Jimmy Jairala que concluyó en el 2019 y que hoy por hoy están en indagación previa.
Pi determinó que los 33 IRP fueron resultado de exámenes especiales de ingeniería a los procesos de contratación y ejecución de proyectos entre el 1 de marzo de 2009 y el 30 de agosto de 2012 (primera administración de Jairala como prefecto del Gobierno Autónomo Descentralizado del Guayas), en los que identificaron contratos firmados con documentos falsos, rendimientos de equipos subvalorados, retrasos en la entrega de obras y pagos por obras con defectos e inconclusas.
El perjuicio sería de más de 10 millones de dólares para el Gobierno Provincial.
Todos los contratos que se convirtieron en evidencias en los 33 exámenes especiales de la Contraloría con Indicios de Responsabilidad Penal, se dieron en el marco de la declaratoria de emergencia preventiva firmada por Jairala el 26 de octubre del 2009 “para rehabilitar, mantener, limpiar y preservar sistemas de canales, muros de gaviones, escolleras, encausamientos, mantenimiento de puentes, vías y alcantarillas; caminos de acceso, así como la contratación de maquinarias y equipos, para atender la emergencia señalada, por el tiempo que dure la misma de conformidad con la Ley.
De los 33 informes con IRP, 12 corresponden a procesos donde los contratistas presentaron planillas y cobraron rubros que no ejecutaron. En esos primeros 12 informes el perjuicio estimado fue de $ 1,3 millones. En 29 de los 33 procesos examinados se subvaloró el rendimiento de la maquinaria utilizada para la limpieza y desazolve de ríos y canales lo que habría generado a la Prefectura del Guayas un perjuicio por más de $ 5 millones.
Además, 21 informes de los 33 IRP, muestran procesos de contratación donde los oferentes presentaron información que no correspondía a los equipos de la propuesta y porque adjuntaron certificados falsos de arriendo de equipos o de experiencia en realizar el tipo de obras que se requería.
Estos 21 IRP fueron archivados entre febrero y agosto del 2015 por el fiscal provincial del Guayas Paúl Ponce Quiroz, con idéntico argumento en todos: “no existiendo indicio alguno que permita presumir participación del licenciado Jimmy Jairala Vallaza en delito alguno y de conformidad con los artículos 38 y 39 del Código de Procedimiento Penal, desestimo la noticia de delito que dio origen a la presente investigación penal”.
El fiscal Ponce tomó para su dictamen, los descargos de los funcionarios imputados de las comisiones y subcomisiones de la Prefectura que en las argumentaciones de casi todos los 21 IRP señalaban que debido a la declaratoria de emergencia tenían solo ocho días para tramitar los procesos de adjudicación, lo que impidió investigar y verificar datos de las empresas oferentes y contratistas.
Por lo que Ponce prefirió desestimar los exámenes de la Contraloría que detallaban una serie de irregularidades encontradas en los procesos de cotización, licitación y contratación de obras de emergencia y pidió a la Corte de Justicia del Guayas disponer el archivo definitivo de estas 21 causas. El presidente de la Corte Julio Aguayo, aceptó todos.
Pero en estos pedidos de archivo del fiscal Ponce, se incluyó una solicitud para investigar a los representantes legales de las empresas que obtuvieron los contratos (Taure SA, JAC Construcciones, Ditoport, Docucent, Oceanegsa SA, Socialecsa, Asoglobal, Credillantas y Cumbaxa); y a los miembros de la Comisión y Subcomisión Técnica de Contrataciones de la Prefectura.
El juego del “Documento falso privado o público”
En estas nuevas investigaciones solicitadas por el fiscal Ponce se reemplazó el peculado por “uso doloso de documento falso”, figura contemplada en el artículo 328 del COIP, donde señala que si las investigaciones determinan que los documentos falsos son privados, la pena privativa de libertad es de 3 a 5 años; y, si son públicos, de 5 a 7 años.
Los fiscales a cargo de estos procesos, investigaron a los procesados por “uso doloso documento falso privado” y tanto los abogados defensores como la propia Fiscalía solicitaron la prescripción, apoyándose en el artículo 417 del Código Orgánico Integral Penal que señala que la acción por uso doloso de documento falso privado prescribe en 5 años contados desde que el delito es cometido. Ese tiempo no le alcanzó a la Fiscalía para iniciar las instrucciones fiscales. Un ejemplo es el caso de la empresa Cumbaxa, que firmó un contrato para el mejoramiento pétreo de la vía San Diego Carrizales y su representante legal, Agapito Peralta Duarte, fue señalado en los exámenes de la Contraloría por ser el responsable de la alteración de las matrículas de los vehículos que se registraron en el contrato y que se usaron en la obra.
Según la Fiscalía, a pesar de que las matrículas son documentos públicos, lo que se usó en los contratos fueron copias que constituyen documentos privados.
Además, los abogados defensores y el fiscal Manuel Hernández Alvear que llevó el caso, señalaron que el contrato de Cumbaxa con la Prefectura se firmó el 28 de junio del 2010 y la instrucción fiscal inició el 16 de octubre del 2015, 5 años y 3 meses de supuestamente haber cometido el delito de falsificación de documento privado.
Si la instrucción fiscal, iniciaba tres meses antes, la causa no prescribía ni se archivaba. Aquí la Contraloría abandonó la apelación del archivo.
Este caso se repite de forma idéntica con los representantes legales de las empresas Oceanegsa SA, Socialexsa, Asoglobal y Credillantas. En el proceso contra Ditoport hubo pedido directo de archivo del fiscal Marcos Ordeñana Baldeón. A pesar de la negativa de la Contraloría General del Estado, los jueces hicieron caso al fiscal.
Solo con Docucent, las investigaciones avanzaron y en el 2015 se dictaron medidas cautelares en contra de la representante legal Jhoanna Peralta Molina por falsificación de documentos. Pero en mayo de 2021 se suspendió el llamamiento a juicio porque la implicada fugó del país.
Miembros de comisiones y subcomisiones libres de culpa
La mayoría de las 20 investigaciones a los miembros de las Comisiones y Subcomisiones de Contrataciones del Gobierno Provincial también fueron archivadas. El cambio de una sola palabra al momento de tipificar el delito fue el camino usado por la Fiscalía para facilitar el archivo: en lugar de uso de documento falso público, tipificó como uso de documento falso privado. El siguiente paso fue exceder el límite de 5 años que permite la ley para iniciar la instrucción fiscal en este tipo de delitos.
Mario Guzmán Barquet, director financiero; Edward Lamadrid Lamilla, director de planificación; Ana Mite Proaño, jefe de proyectos viales, integraban la Comisión Técnica de Contrataciones. Y junto con el prefecto Jimmy Jairala y Alfredo Irigoyen Negrón, procurador síndico, eran quienes firmaban los contratos. Además, participaban en los procesos de contratación, los miembros de las subcomisiones: Amanda Aguilera Romero, Federico Ayala Murrieta, Teresa Minda Delgado, Gloria Villón Cabrera y José Correa Solórzano.
Este portal, confirmó que no todos los procesos se encuentran en el sistema de la Función Judicial.
Los 14 IRP que reveló el contralor subrogante
Según el contralor subrogante Carlos Riofrío, hay 14 informes adicionales a los 33 que fueron enviados a la Fiscalía General del Estado y en los que está investigado el ex prefecto, pero su contenido insistió, tienen reserva y confidencialidad porque “está relacionado con derechos personales y personalísimos, sin mencionar la relevancia de encontrarse con indicios de responsabilidad penal en la Fiscalía bajo investigación previa, lo cual posee también la categoría de reserva”.
Uno de los 14 IRP corresponden a un examen especial a la adquisición de repuestos, lubricantes y llantas de vehículos y maquinarias que se realizó entre el 1 de enero de 2011 al 31 de marzo de 2014.
Otro IRP, fue por un examen especial a los ingresos de gestión y gastos relacionados con la adquisición de bienes, servicio, consultoría, remuneraciones y publicidad entre el 1 de abril de 2014 al 31 de agosto de 2015; y otro IRP por un examen especial de despacho, uso y control de combustible entre 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2016.
Tres IRP por exámenes especiales a las fases preparatoria, precontractual, contractual, ejecución y liquidación de los contratos suscritos para la adquisición de bienes y servicios relacionados con la implementación y ejecución de los programas y proyectos sociales para personas y grupos de atención prioritaria, su uso y destino, entre el 1 de enero de 2014 y 31 de mayo de 2019.
Y ocho IRP por exámenes especiales a las fases preparatoria, precontractual, contractual y de ejecución, su liquidación y pagos; así como el registro, uso y destino de la adquisición de bienes y servicios mediante procesos de contratación por cotización, entre el 14 de agosto de 2014 y 31 de diciembre de 2019, justo un año después de la renuncia de Jairala a la Prefectura para postularse a la alcaldía de Guayaquil.
Jairala no ha querido ser directo y hablar del casi medio centenar de procesos en donde él quedó librado de investigación por peculado en 16 procesos. En agosto pasado, usó cuatro minutos de su programa de radio matinal diario para señalar que cada vez que su nombre aparece como un posible candidato (a la alcaldía de la ciudad de Guayaquil), se activa una campaña mediática para afectar su honra.
El 17 de septiembre pasado, en el mismo espacio radial de opinión y luego en su cuenta de Twitter dijo que los informes de Contraloría no son sentencias. “Hay procesos, son apelables, corren plazos. Cuando se trata (de) presuntas responsabilidades civiles o administrativas, también hay instancias de apelación. Incluso si se establecen Indicios de Responsabilidad Penal, tampoco son sentencias. Fiscalía puede determinar que no hay suficientes elementos para iniciar una investigación”.
Fue precisamente en la Fiscalía donde las investigaciones no prosperaron, pese a decenas de irregularidades encontradas en la adjudicación y ejecución de contratos de obras y servicios.
A ello se agrega que los informes de Contraloría y los elementos de convicción de la Fiscalía han permanecido ocultos y sin acceso. Ahora, se espera que el Consejo de la Judicatura responda al pedido de la Comisión de Fiscalización de la Asamblea, para que entregue los nombres de todos los jueces que procesaron y archivaron los casos con IRP y que involucraban a Jairala, cumpliendo el pedido de la Fiscalía Provincial del Guayas y que por la transparencia del sistema judicial, se conozcan los detalles que por hoy son, reservados, confidenciales e inaccesibles.
“He pedido a la Judicatura investigue el comportamiento de jueces y fiscales. En combo fueron archivados 20 expedientes; solo faltaba que por cada 20 expedientes archivados reclame una cola”, dijo Fernando Villavicencio, autor de los pedidos de información a las tres entidades del Estado.