LOS CABOS SUELTOS (Y SECRETOS) DEL CASO GABELA



LOS CABOS SUELTOS (Y SECRETOS) DEL CASO GABELA

Contenidos La Fuente18 junio, 201823min
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Nuevos elementos aparecen entre la documentación referida a las investigaciones del asesinato del general Caso Gabela. El presunto pago de USD 20.000 dólares a un fiscal para que dejara salir de prisión a vinculados con el crimen; el misterioso asesinato del asesino del general Gabela y la inconsistencia en las pruebas de balística del proyectil que mató al excomandante de la FAE son los nuevos elementos. Lo grave: que estos ya estaban en conocimiento de la Fiscalía General, del Comité Interinstitucional y del presidente de la República. El fiscal mencionado desmintió esa versión, tanto del supuesto depósito como de las razones de la salida de prisión del asesino de Gabela.

“Yo sí estuve el día de los hechos, sé quien lo hizo…”, confesó a través de prueba poligráfica Jaime Arias Tomalá, alias (Cojo Jaime) ante el perito Roberto Meza. En su relato el “Cojo Jaime”, acusó a Derlys Salazar Vargas (alias Francis), de haber sido quien disparó el arma que acabó con la vida del general Jorge Gabela Bueno, ex comandante de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE), la madrugada del 19 de diciembre del 2010, en su vivienda de Samborondón, Guayaquil. Un año después del crimen, en diciembre del 2011, Derlys Salazar fue detenido para investigación junto a Richard Párraga, pero ambos fueron liberados cuatro días después, tras el presunto pago de USD 20.000 al fiscal del caso René Astudillo Orellana, según confesó Párraga en la cámara de Gesell de la fiscalía. Esta información consta en la página 62 del tercer informe del perito Meza, quien concluye que Párraga “no miente en ninguna de sus respuestas”.

El 21 de junio, en un comunicado de prensa el fiscal Astudillo desmintió rotundamente esta versión. Dijo que eran falsas acusaciones vertidas en su contra, «donde de forma maliciosa se insinúa que presuntamente se me habría entregado cierta cantidad de dinero dentro del caso Gabela (Instrucción Fiscal No 15-2011 cuando dirigí la investigación como fiscal), debiendo indicar al respecto lo siguiente:

1 – NO es cierto que el ciudadano DERLY DAVID SALAZAR VARGAS alias FRANCIS cuyo verdadero nombre fue FRANCISCO ISRAEL CRUZ VARGAS, haya estado detenido o vinculado dentro del caso de la muerte del ex general Gabela Bueno (Jamás ni la policía mediante parte informativo o de detención puso a conocimiento de la Fiscalía al referido ciudadano- ninguno de los procesados lo nombra).

2 – De la revisión del sistema SATJE se puede colegir que el ciudadano DERLY DAVID SALAZAR VARGAS alias FRANCIS y/o FRANCISCO ISRAEL CRUZ VARGAS, se encontraba a órdenes del Juzgado 24 de Garantías Penales del Guayas, dentro de la causa penal No 09274-2011-2648 por el delito de robo calificado y en la audiencia preliminar la Fiscal interviniente pese a acusar por robo calificado, el Juez HECTOR ALFREDO MATA VILLAGOMEZ (ENCARGADO) llama a juicio al procesado por robo simple Art. 500 y Art. 551 1ra parte del Código Penal y es aquí donde el referido Juez le sustituye la prisión preventiva y obtiene su libertad.

De lo expuesto dejo que NADA TENGO QUE VER CON LA LIBERTAD DEL REFERIDO PROCESADO Y MENOS AUN CON ACTOS DE CORRUPCIÓN,dejando en claro manifiesto que mi accionar siempre está ceñido a los principios de objetividad, honestidad, probidad con sujeción a la investigación técnica y con responsabilidad» (Ndlr).Dijo Astudillo.

En la declaración, Jaime Arias relata el seguimiento realizado a la hija de Jorge Gabela hasta ingresar a la urbanización y luego detalla el crimen: “…Francis se bajó yo también me bajé, ella estaba abriendo la puerta, Francis le sacó la pistola se la rastrilla, ella grita y yo le tapé la boca para que no haga bulla, ese rato estaba lloviendo, como yo vi un perro grandote me hice para atrás (…) había una escalera grandota y vimos que Gabela bajó corriendo y se le tiró a Francis a abrazarlo, en ese momento solo escuché el disparo (…) no sabía el disparo de qué lado venía y me trepé al carro y le doy la vuelta y vi que Francis salió (…) nosotros salimos y el guardia no había escuchado nada por lo que estaba lloviendo (…) nomás le hice cambio de luces el guardia nos abrió la puerta…”.

En diciembre del 2012, misteriosamente un año después de liberado, “Francis” —el personaje que podía completar, aclarar esta historia y revelar al autor intelectual— fue acribillado en el barrio Sauces 6 de Guayaquil, en un hecho que la fiscalía calificó como «ajuste de cuentas» entre delincuentes. Así la autoridad dejó sin investigar el crimen del criminal. Pero, lo que en ese entonces fue escondido por la fiscalía, abriría un nuevo capítulo hasta hoy no revelado.

Cuatro meses después de silenciado Derlys Salazar, el abril del 2012, fueron sentenciados Julio Sánchez Salavarría, Jaime Arias Tomalá y Tonny Terán Tomalá a 25 años de reclusión mayor, mientras que a Teófilo Meléndez Cornejo se le impuso una pena de 12 años 6 meses y a Máximo Torres Tutiven, 2 años de prisión correccional.

El destino fatal de “Francis” lo puso por el momento fuera de esta historia. Él se llevó a la tumba las respuestas sobre el pago al fiscal y la mayor interrogante que sacude el caso: saber si tras el disparo realizado por su mano zurda, se ocultaron intereses de silenciar a quien se opuso al negociado de los helicopteros Druhv.

Lo que el fiscal Galo Chiriboga no investigó

La sorprendente afirmación realizada por Párraga (el presunto pago de USD 20.000 al fiscal) fue investigada por el Comité Interinstitucional creado en el 2012 con el decreto presidencial 1317. Entre las conclusiones del informe final del referido comité se confirma que “en la entrevista realizada a Richard P., por parte del consultor, consta que este junto con alias “Francis” habría sido puesto en libertad después de haber pagado al fiscal USD 20.000, relato que fue corroborado a través de una prueba poligráfica realizada por el consultor, concluyendo en su informe que Richard P., no miente en ninguna de sus respuestas”. El comité además investigó dos depósitos adicionales de USD 4.080 y USD 4.000, realizados en febrero y marzo deL 2012 a Wendy Baquero Burbano, cónyuge de otro de los acusados en el crimen.

Según los documentos revisados, el fiscal René Astudillo habría depositado el 15 de julio del 2011, en su cuenta corriente 25XXX68 del banco de Guayaquil, la suma de 20 mil dólares en efectivo, cantidad que habría sido retirada el mismo día de su cuenta de ahorros 17XXXX4-7. A esa fecha la investigación se encontraba en instrucción fiscal. Astudillo ha desmentido también esta versión.

Para verificar esta información, el comité investigó las cuentas bancarias pertenecientes a las personas involucradas, confirmando la veracidad de tales depósitos, los mismos que, según el comité, resultaban inusuales. En el documetno se dice: “Estos hechos son los que considera el Comité deberían ser objeto de investigación por parte de la Fiscalía General del Estado, y la Secretaría Técnica de Transparencia de Gestión”.

El informe final del Comité Interinstitucional con esas evidencias fue remitido el 2 de julio del 2015 por la entonces ministra de Justicia, Ledy Zúñiga Rocha, al fiscal general del Estado, Galo Chiriboga Zambrano, para que inicie las investigaciones respectivas. Luego de ocho meses de silencio de la Fiscalía, el 22 de marzo del 2016, Zúñiga insistió a Chiriboga, solicitando respuesta a su pedido de investigación de julio del 2015.

La respuesta llegó el 18 de abril de 2016 de manos de la fiscal Subrogante, Cecilia Armas Erazo, a través del oficio 0002303-FGE-DAJ, suscrito casi un mes después de ingresado el segundo pedido de Zúñiga. En él, la subrogante relata que la fiscal del Guayas, Inés Barco Loor, delegada por Chiriboga para investigar el tema, con comunicación de 29 de marzo de 2016, había confirmado el depósito de USD 20.000 realizado por el fiscal Astudillo en su propia cuenta, pero que este no guardaba ninguna relación con los depósitos a Wendy Baquero, esposa del sentenciado Tonny Terán Tomalá. Del oficio de Cecilia Armas, se desprende que la fiscalía no investigó el origen del dinero en ninguno de los casos, pese a ser calificados como relevantes por la Consultora Pericial y el Comité Interinstitucional.

Inconsistencia en la prueba de balística

Otro de los aspectos destacados en el informe del Comité Interinstitucional es aquel referido también por el consultor Roberto Meza, contenido en el tercer informe o producto. Se trata de inconsistencias en el cotejamiento balístico, donde se cuestiona la validez de los resultados del Sistema IBIS de la Policía Nacional, en tanto no se habrían efectuado comparaciones microscópicas según lo dispuesto.

Dice el documento del comité que en el presente caso la Policía Nacional hizo una correlación denominada “Manual”, la cual técnicamente no se ajusta a los protocolos forenses en la especialidad balística. Luego de estos señalamientos el comité consideró que deberían realizarse nuevas comparaciones microscópicas en el sistema IBIS. Este requerimiento clave solicitado a Galo Chiriboga Zambrano, en la petición de julio de 2015 por Ledy Zúñiga, tampoco fue ejecutado por el entonces Fiscal General del Estado.

Zúñiga confirmó la existencia del pedido de investigación solicitado en el 2015 a Galo Chiriboga, en un nuevo oficio esta vez remitido al secretario de la Presidencia de la República, Andrés Mideros, el 14 de mayo del 2018, donde agrega que la misma información fue entregada en octubre del 2015 al entonces presidente de la Comisión de Seguridad de la Asamblea Nacional, Fernando Bustamante.

El misterio del tercer producto y sus inconsistencias

De acuerdo con el informe de la Contraloría del Estado DAAC-0129-2016, la exministra de Justicia, Ledy Zúñiga, en marzo del 2016 confirmó a ese organismo de control que el “Informe Final” entregado por el consultor el 8 de julio de 2013 no cuenta con las firmas de responsabilidad de Roberto Meza, como lo hizo en los informes uno y dos.

Sin embargo, en la respuesta del perito al organismo de control, este señaló que todas las hojas fueron sumilladas y firmadas por él. El 13 de abril del 2016, Meza a través de email respondió que “las copias de los productos no será posible enviarlos principalmente por la sensibilidad del contenido del último de los tres y como seguridad de mi integridad personal…”. En la comunicación a la Contraloría, Roberto Meza, agregó que “los tres productos solicitados en el contrato fueron ENTREGADOS por este profesional en tiempo y forma y TODOS fueron abonados en su totalidad, no recordando en el momento y no encontrando los comprobantes de pago para dejar establecido las fechas, pero el acta de entrega de recepción del III y último producto, denominado de Informe Final, fue firmado por mi persona el día 02 de septiembre de 2013 y posterior a eso se realizó el pago por parte del administrador del contrato.- (…) TODAS las hojas fueron sumilladas y firmadas por este profesional como la de los productos anteriores”, se lee en el informe de la Contraloría.

El acta de entrega recepción fue suscrita el 2 de septiembre del 2013 por Jessica Jaramillo Yaguachi, en representación del ministro de Justicia, Lenín Lara, por el consultor Roberto Meza Niella y el técnico Jorge Pazmiño Granizo. El referido documento de 5 páginas cuenta con una sumilla al margen inferior derecho.

El documento titulado Informe de Pericias Forenses Caso Gabela, que reposa en el Ministerio de Justicia, con logotipo superior de la firma Consultoría Pericial, consta de 96 páginas numeradas y registra 7 capítulos y 5 anexos. En el margen inferior derecho tiene en cada hoja el sello del Ministerio de Justicia Derechos Humanos y Cultos y en la página 96 una certificación de la autenticidad del original con fecha 5 de octubre de 2013. Este informe final no registra la firma del perito Roberto Meza Niella y tampoco sus 96 páginas están sumilladas.

El informe final del Comité Interinstitucional

El 10 de abril del 2013, se suscribe el contrato de consultoría entre el Ministerio de Justicia y Roberto Meza Niella, por un monto de USD 78.000.00, para investigar el asesinato del General Jorge Gabela Bueno. Dependiendo del contenido y resultado de la investigación, el trabajo debía tener dos o tres informes.

El primer producto consistía de un plan de trabajo y cronograma; el segundo sería un informe motivado que determine el móvil del crimen, confirmando o descartando que obedece a delincuencia común, y conclusiones respecto de las denuncias de la señora Patricia Ochoa, viuda de Gabela. Mientras el informe final (tercer producto) establecía las siguientes condiciones: “Ejecutada que ha sido la primera etapa y confirmada de manera objetiva y aprobada por el administrador del contrato, que el acto criminal dice relación a delincuencia común, sino más bien se encuentra mérito en hechos relacionados con la actividad laboral del General Jorge Gabela Bueno, se emitirá informe motivado y sustentado con recaudos probatorios, que permita determinar los presuntos autores intelectuales del móvil del crimen”.

Consta en el contrato que se continuará con la fase III, solo en caso de que en la fase II se determine que el crimen no responde a delito común. De no continuarse se cancelará sólo el 70% del contrato. En el presente caso se pagó la totalidad de la consultoría. Es decir, de acuerdo con el contenido del contrato, la existencia de un tercer informe se justificaría solo bajo la premisa de que se descarte el crimen por delincuencia común.

En las conclusiones del segundo informe, Roberto Meza Niella determina que “basado en los elementos técnicos recopilados hasta el momento, podemos ver que el móvil de la presente investigación tendería a mostrarnos que el mismo sería consecuencia de la delincuencia organizada. Las dudas o variables de la investigación generadas al respecto serían nuevamente abordadas en la siguiente etapa y contrastadas posteriormente para poder arribar a conclusiones categóricas”. Con fecha 15 de mayo del 2013, el administrador del contrato recibe el II producto: “Informe motivado que determina el móvil del crimen, descartando que el mismo obedece a un acto de delincuencia común con las debidas conclusiones respecto de las denuncias realizadas por la señora Patricia Ochoa, dicho informe cuenta con las pruebas que lo sustentan”, por lo que se recibe a entera satisfacción, dice un documento elevado a consideración del expresidente Rafael Correa, por el Comité Interinstitucional.

En el mismo documento se informa a Rafael Correa que el consultor entregó el informe del tercer producto el 8 de julio del 2013, dentro del plazo establecido en el contrato. Dicho informe no tiene firma de responsabilidad, y entre sus conclusiones constan: “Hasta la presente fecha, la causa de la muerte del General Jorge Gabela Bueno había sido producto de la delincuencia común, no siendo posible establecer el móvil real del crimen descartando el asesinato en la modalidad de sicariato y el robo de información como causales. No hay relación de causalidad entre las denuncias efectuadas por el General Gabela en la Asamblea Nacional y en los medios de comunicación versus los hechos que derivaron en su muerte (Pag. 74 y 75), del Informe Final.