Cerca de USD 90 millones destinó el Gobierno de Rafael Correa, entre los años 2007 y 2012, al pago de abogados internacionales y viáticos, como parte de la defensa en 19 demandas que enfrenta el Ecuador en tribunales extranjeros, cuyas resoluciones en general no han sido favorables al país. La información consta en un informe de la Procuraduría General del Estado (PGE), al que tuvo acceso La Fuente.
La cifra es parcial, pues no incluye los gastos incurridos durante el año 2013, y tampoco incorpora la cuantía de otros procesos formulados por corporaciones internacionales, como: RSM Production Corporation; TIDE, la filial de la empresa china Hutchison; la demanda de Ecuador en contra de Colombia por las fumigaciones con glifosato; el juicio contra los hermanos Isaías Dasum; el proceso formulado por la empresa china Sinohydro Coca Codo Sinclair; TELLUS Perú; ESPOCH y el caso WAORANI (Extracción de sangre de los miembros de la comunidad y posterior comercialización sin consentimiento).
Todos estos casos se encuentran en proceso o discusión, por lo que el informe de la PGE, no ha determinado aún los gastos finales.
Entre las principales firmas contratadas para la defensa, figuran Foley Hoag, Lalive, Dechert LLP, Winston & Straw y Aquire & Sanders, las que todavía están litigando por cuenta del Ecuador en casos como Chevron II y III, Oxy II, Perenco, Burlington, Globalnet, El Universo, Merck Sharp, Cooper Mesa y Zamora Gold Corporation.
Los procesos más representantivos son referentes a contratación petrolera, en especial se pueden citar los casos Chevron, Occidental y Perenco-Burlington, los cuales están atravesados por un mismo hilo conductor: la presunta violación del Tratato Bilateral de Protección de Inversiones (TBI), suscrito por el Ecuador con EEUU y otros países.
Son miles de millones de dólares en juego, que de confirmarse las sentencias, podrían conducir a la quiebra del Estado, como señaló el canciller Ricardo Patiño.
Caso Occidental
El Ciadi, organismo del Banco Mundial con sede en Washington, lleva la demanda presentada por la petrolera estadounidense alegando que Ecuador violó el Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) con Estados Unidos, al declarar el 15 de mayo del 2006 la caducidad del contrato de participación del bloque 15 y de los campos Edén Yuturi y Limoncocha, en la Amazonía ecuatoriana.
En el proceso judicial, Ecuador centró sus argumentos en la incompetencia del tribunal arbitral para conocer el caso. La defensa del país sostuvo que el Ciadi no tenía facultad para resolver sobre la caducidad porque el contrato de participación, lo excluía expresamente del arbitraje. A través de las firmas de abogados Dechert LLP Squire y Sanders & Dempsey, Ecuador alegó que Occidental no ha cumplido a cabalidad con los requisitos exigidos por el TBI para acudir al arbitraje internacional ante el Ciadi.
Por el contrario, la posición de Oxy, representada por Deveboise & Plimpton, fue que el Estado ecuatoriano violó el TBI al emitir la caducidad contractual, pues la sanción fue desproporcionada a la luz del derecho internacional y violó los principios de trato justo y equitativo, y su obligación de proteger la inversión y expropiación. La multinacional sostuvo que la sanción de caducidad fue ilegítima pues se dictó por razones políticas. La empresa solicitó una compensación de USD 3 370 millones.
El 5 de octubre de 2012, el Estado del Ecuador fue notificado con el laudo final del caso Oxy, que lo condenó al pago de USD 1770 millones más intereses, cifra que podría subir hasta USD 2 300 millones. Cuatro días después, el 9 de octubre de 2012, Ecuador presentó ante el Ciadi la solicitud de anulación del laudo. Al momento del registro, la ejecución del laudo quedó suspendida.
La solicitud de anulación se fundamentó en que el Tribunal se excedió de manera manifiesta en el ejercicio de sus competencias, sus decisiones fueron tomadas sin motivación o con motivación insuficiente o contradictoria y se violaron reglas fundamentales del procedimiento, que según el Convenio del Ciadi son causales de anulación de un laudo.
El 13 de febrero de 2013, Oxy presentó una solicitud para levantar la suspensión de la ejecución del laudo. Entre tanto, la República contestó el 5 de abril del mismo año. Inmediatamente, la compañía entregó su escrito de réplica el 22 de abril y el Ecuador lo hizo el de dúplica, el 6 de mayo de 2013. La audiencia para conocer este tema se desarrolló en París el 13 de mayo de 2013. La ejecución del laudo continúa suspendida a la espera de la decisión del Tribunal. El 18 de octubre pasado, Occidental presentó su memorial de contestación, a la espera de que el 6 de enero de 2014 la defensa del Ecuador ingrese su escrito de réplica, para el 28 de febrero del mismo año, la compañía presente su escrito de dúplica. Hasta el momento la defensa le ha costado al Ecuador USD 21 551.274,43.
Caso Perenco
La compañía francesa Perenco, representada por la firma Deveboise & Plimpton LLP, demandó al Estado por 440 millones de dólares, alegando una modificación unilateral al contrato de participación. Perenco asociada con Burlington, fueron contratistas de los bloque 7, 21 y del campo Coca Payamino, áreas que abandonaron súbitamente en julio del año 2009.
Del 8 al 16 noviembre de 2012 en La Haya se realizó la audiencia para tratar los asuntos de jurisdicción y responsabilidad pendientes. De acuerdo con lo establecido por el tribunal arbitral, el 13 de marzo de 2013, las partes presentaron sus respectivos memoriales con comentarios sobre la decisión de responsabilidad del caso Burlington.
Frente a la demanda el 5 de diciembre de 2011, Ecuador, representado por la firma Dechert LLP, incluyó en su contestación dos contrademandas hacia la compañía por daño ambiental y falta de mantenimiento de las facilidades de los bloques petroleros, con una cuantificación aproximada de USD 2.000’000.000. Los costos de la defensa hasta el 2012 ascendían a USD 7.564.239,07.
Caso Burlington
A partir del año 2006, como efecto de la subida los precios internacionales del barril de petróleo, el Estado ecuatoriano introdujo reformas a la Ley de Hidrocarburos (Ley 042), con el fin de corregir el desequilibrio que se produjo en los contratos, generando ganancias injustificadas a favor de las compañías en perjuicio de la República. Para la petrolera Burlington, defendida por la firma Freshfields Bruckhaus Deringer, la Ley 42-2006 modificó la participación de la contratista, violando cláusulas contractuales y el TBI.
Se argumentó la modificación unilateral del contrato y una supuesta expropiación de los bloques petroleros que operaban en el Ecuador. Luego de iniciado el arbitraje, Burlington retiró los reclamos contractuales, basando su reclamo solo en violaciones al TBI.
El 14 de diciembre de 2012 se recibió la decisión sobre responsabilidad, ante lo cual el Ecuador, representado por la firma Dechert LLP, presentó una solicitud al tribunal arbitral para que éste permita la presentación de un memorial de reconsideración, sobre ciertas conclusiones del Ciadi que el Ecuador consideraba erróneas. En respuesta, el tribunal arbitral se pronunció señalando que los temas relativos a la reconsideración deberán ser tratados dentro de la etapa de daños. El 24 de febrero de 2013 se inició la fase de cuantificación de daños, por lo que en este año, Burlington debía presentar su memorial de daños y Ecuador su contestación. La audiencia para presentar los montos de indemnización o daños, está prevista para junio de 2014. El caso le ha costado al Ecuador hasta el 2012, la cifra de USD 10.757.432,19.
Caso Murphy III
De igual forma que el caso Perenco-Burlington, la multinacional Murphy, defendida por la firma King & Spanding, señaló que, a través de la Ley 042, se modificó la participación de la contratista, violando cláusulas contractuales y el TBI, por lo que inició la demanda en contra del Estado ecuatoriano el año 2007. Murphy es una petrolera asociada a Repsol, que opera en el Bloque 16, en la Amazonía ecuatoriana
Para el Estado ecuatoriano, defendido por la firma Foley Hoag, la Ley 042 no modificó los contratos, sino que reguló el factor (precio) que en un inicio no se había considerado en el contrato, y asegura no se ha vulnerado el TBI. El 17 de septiembre del 2012 Murphy presentó su memorial de demanda, y Ecuador el 17 de octubre de 2012 presentó objeciones a la jurisdicción.
La República presentó su réplica sobre la primera objeción a la jurisdicción, el 20 de enero de 2013, Murphy entregó su dúplica el 20 de marzo de 2013. Posteriormente se realizó la audiencia de jurisdicción en La Haya. Los costo del proceso ascienden a USD 471.797,57.
Caso Chevron II
En este polémico caso, el laudo determinó que el Ecuador era responsable por la violación del Art. II (7) del TBI firmado entre Ecuador y EE.UU al no haber entregado a Chevron-Texaco efectivos para la solución de sus controversias por lo que el laudo final determinó que el Ecuador debía pagar a la compañía un valor total de USD 96’000.000 más intereses. Posteriormente Ecuador solicitó la nulidad de los laudos pero ésta fue negada por la Corte Distrital de La Haya. El caso le costó al Estado ecuatoriano USD 27.542.160,89.
Caso Chevron III
Según el demandante Chevron, representado por la firma King & Spalding existía un incumplimiento del TBI con EE.UU, además de un perjuicio y daño a la moral por haber inculpado a la petrolera estadounidense y no a Petroecuador quien legalmente tiene la responsabilidad de remediación ambiental en la Amazonía.
Chevron-Texaco alegó una supuesta denegación de justicia por cuanto a su juicio en el proceso en la Corte de Sucumbíos se presentaron actos de corrupción de los demandantes, los jueces, el Estado y peritos; por lo tanto el Ecuador sería responsable de cualquier monto que se le pretenda cobrar por la sentencia del caso Lago Agrio.
Se discutieron las supuestas violaciones al TBI. Ecuador presentó su contestación el 18 de febrero de 2013 y la dúplica el 20 de septiembre de 2013. Se ha previsto una audiencia para febrero del 2014. El caso Chevron III representa en gastos de abogados la cifra de USD 18.393.564,53.
Caso Globalnet
El consorcio boliviano Globalnet, empresa de telecomunicaciones, presentó una demanda por más de 32 millones de dólares, luego de conocer la resolución de la Primera Sala del Tribunal Distrital de lo Contencioso de Quito, en la que se determina que Globalnet incumplió con la construcción, operación, administración y explotación de 1.120 telecentros y estaciones remotas, bajo un régimen de no exclusividad, en sectores rurales y urbano marginales del Ecuador.
La contrademanda internacional hizo que el Estado ecuatoriano representado por la firma Dechert LLP, empezara la defensa alegando que los demandantes no realizaron ninguna inversión en el país incumpliendo obligaciones contractuales que perjudicaron al país. Hasta el año 2012, el caso le ha costado al fisco ecuatoriano USD 942.686,43.
Caso Copper Mesa
La demanda de la empresa minera Copper Mesa se dió en respuesta a una demanda previa de un grupo de ecuatorianos que reclamaron por operaciones irregulares de la compañía.
Para la República, representada por la firma Lalive, la terminación de las concesiones otorgadas en el área de Junín es el resultado de una reforma legítima del régimen minero. En cuanto a las concesiones Chaucha y Telinbela, contrariamente a lo que afirma la demandante, estas concesiones no han sido terminadas. El argumento de la demandante es el mismo: Ecuador supuestamente ha violado el TBI firmado con Canadá, por lo que pide una indemnización no menor a USD 120 millones.
El 17 de diciembre de 2012, Ecuador presentó el contramemorial de jurisdicción, mientras que, la demandante entregó su réplica el 17 de abril de 2013. Hasta la fecha, el caso le ha costado al país USD 757.529,04.