ATAHUALPA CUMBAYORK Y PINSHA



ATAHUALPA CUMBAYORK Y PINSHA

Dr. Pablo Guerrero Martínez. 26 enero, 20225min
Dr. Pablo Guerrero Martínez. 26 enero, 20225min
cerro auqui (1)
Cumbayá es mucho más que una parroquia cuyo origen se remonta a 1570, fecha de su fundación eclesiástica, hoy con urbanizaciones residenciales, restaurantes y centros comerciales. Junto con el movimiento citadino, pervive el pueblo ancestral (llactayo) de Pinsha, cuya propiedad ancestral sobre sus tierras es objeto de vulneración, debido a un acto jurídico surrealista con efectos hiperreales. Valga la paradoja.

El Auqui es un nombre quichua ligado a Cumbayá que traducido al español significa: “príncipe”.  Atahualpa tuvo un hijo quiteño conocido como Auqui Capac, es decir el príncipe heredero del último “emperador inca”. Éste vástago de Atahualpa fue bautizado como Francisco de Atahualpa por los sacerdotes castellanos, los conquistadores le entregaron varias haciendas en lo que hoy es el Ecuador, entre ellas la hacienda conocida como el Auqui ubicada en la parroquia de “Cumbayork”.

La hacienda del Auqui al estar vinculada a los descendientes de Atahualpa ha sido estudiada por varios historiadores, por ello se conoce que tal heredad jamás tuvo una extensión superior a 200 hectáreas, sin embargo, dos ciudadanos mediante una escritura aclaratoria, dicen ser dueños de una propiedad llamada el Auqui Grande de 900 hectáreas, implantadas en una zona de alta rentabilidad inmobiliaria: Pinsha-Cumbayá o Cumbayork. Huelga la apropiación cultural.

Los ciudadanos que dicen ser dueños del Auqui, basan su derecho en una escritura aclaratoria, otorgada entre ellos ante un notario de la ciudad de Quito que extiende los linderos del Auqui original a una circunscripción de 900 hectáreas, pues dicen ser herederos de una de las dueñas del Auqui.

El Registro de la Propiedad de Quito se negó a inscribir la escritura aclaratoria por afectar derechos de terceros, empero los “aclaradores” demandaron al Registro la inscripción de la escritura aclaratoria. La Corte Provincial de Pichincha declaró la nulidad del juicio que en primera instancia había dado la razón a los beneficiarios de la hipertrofia del Auqui, cuyo crecimiento artificioso vulneró la propiedad ancestral del pueblo originario de Pinsha sobre su Anejo, cuanto algunos fundos de la Comunidad ancestral de Lumbisí. 

Los aclarantes dedujeron una Acción Extraordinaria de Protección Constitucional ante las sentencia de la Corte Provincial de Quito, y la Corte Constitucional del año 2017, conocida como la Corte Cervecera, dispuso la inscripción de las 900 hectáreas de una propiedad que jamás tuvo esa extensión, malogrando así los derechos ancestrales del pueblo de Pinsha, cuya característica histórica jurídica se encuentra acunada en el reconocimiento que de ella hizo la Corona de Castilla por ser un pueblo llactayo, originario, diferente a sus vecinos de Lunbisí que, vinieron del centro de la sierra de lo que hoy es Ecuador, como yanaconas y hueste del conquistador Diego de Tapia, para liberar a Quito de los incas. Don Diego de Tapia por testamento otorgó el dominio de sus tierras a favor de sus yanaconas.

Las generaciones posteriores del pueblo de Lumbisí cursaron un litigio por linderos muy largo con las madres Conceptas, en dicha causa que data del año 1741 constan los linderos de la Hacienda originaria llamada Auqui, que de ninguna manera su extensión guarda relación con el Auqui, objeto de la aclaración de 900 hectáreas. 

La municipalidad de Quito conoce del asunto y le compete a ella, desde la aplicación de los tratados internacionales de Derechos Humanos, hacer valer los derechos del pueblo ancestral de Pinsha, sobre el bulo jurídico causado por los avisados aclarantes.