EL EXPEDIENTE CHEVRON



EL EXPEDIENTE CHEVRON

Fernando Villavicencio y Belén Palma6 septiembre, 201854min8045
Fernando Villavicencio y Belén Palma6 septiembre, 201854min8045
ECH-LF1
Cincuenta años después de la llegada los primeros taladros de Texaco, las consecuencias de la explotación petrolera en la Amazonía ecuatoriana han dado lugar a una controversia legal millonaria, donde el Ecuador ha gastado USD 40 millones en abogados y ha perdido varias demandas.

La relación del Ecuador con la transnacional petrolera norteamericana Texaco, luego comprada por Chevron, se caracteriza por medio siglo de forcejeos. Hace casi cincuenta años (1964), al amparo de una concesión hidrocarburífera suscrita por la dictadura militar de Ramón Castro Jijón, llegaron los primeros taladros de la multinacional norteamericana Texaco a la Amazonía ecuatoriana, poniendo fin al «mito del petróleo» pregonado por varios gobiernos precedentes.

En 1967, luego de tres años de abrir el bosque tropical con sísmica y torres, el gobierno de Otto Arosemana, festejó la primera perforación exitosa. El pozo fue bautizado con el nombre de Sour Lake (Lago Agrio) en recuerdo del campo petrolífero explotado en Texas-EE.UU., por la transnacional.

Esa denominación poco a poco fue convirtiendo al pequeño poblado en un símbolo de campamento petrolero, desplazando incluso al nombre oficial  de Nueva Loja, como capital de la provincia de Sucumbíos.

Aunque el modelo contractual, renegociado en 1972 por el gobierno militar de Guillermo Rodríguez Lara, haya sido considerado en el plano económico, como uno de los más ventajosos para el país, los pasivos ambientales generados principalmente por el uso de tecnologías contaminantes, mantienen a la compañía y el Estado ecuatoriano, en un enfrentamiento judicial, político y mediático, sin precedentes y de consecuencias impredecibles.

En 1964, Texaco Petroleum Company obtiene una concesión de 1’431.450 hectáreas para explorar y explotar petróleo. Luego la compañía otorgó participaciones a Gulf, creándose el consorcio Texaco-Gulf.

El año 1972 se reduce el área de concesión a 431.355 ha, se crea la Corporación Estatal Petrolera Ecuatoriana CEPE, y se inaugura el Sistema de Oleoducto Transecuatoriano SOTE, que une Lago Agrio con Balao. El año 1974 el Estado ecuatoriano compra el 25% de las acciones.

En 1976 el gobierno compra a Gulf el 37,5% restante de participaciones y el 50% del SOTE, dejando a Gulf fuera del consorcio. CEPE se convierte en el socio mayoritario con el 62,5% de las acciones.

En marzo 1986 el 50% de las acciones de Texaco en el SOTE pasan a manos del Estado ecuatoriano. El año 1989 el SOTE pasa a ser operado totalmente por el Estado. En 1992, CEPE-Peroecuador toma posesión de todas las operaciones del consorcio. Texaco abandona el país.

En noviembre de 1993 un grupo de indígenas y colonos presentan ante una corte de Nueva York un juicio en contra de Texaco, orientado a obtener la reparación de los daños ambientales ocasionados en el Ecuador.

En 1995 se firma el contrato de reparación ambiental. El año 1998, se suscribe el acta de finiquito. En 2001 la multinacional Chevron adquiere las acciones de Texaco. En agosto del 2002, el segundo circuito de la Corte de Apelaciones en los Estados Unidos, resolvió someter a Chevron-Texaco a la jurisdicción de Ecuador.

En 2012, la Corte de Sucumbíos ratifica en segunda instancia el fallo contra Chevron, obligando a pagar 19 000 millones de dólares. En septiembre de 2013, la Corte de La Haya, libera de responsabilidad a Chevron. En la misma fecha Gobierno de Ecuador inicia campaña “La mano sucia de Chevron”.

Los acuerdos que salvarían a Chevron-Texaco

Los acuerdos de liberación de responsabilidades que los gobiernos del Ecuador firmaron con Texaco (Texpet) en 1995 y 1998, (los presidentes Sixto Durán Ballén y Jamil Mahuad respectivamente), han servido como base para que bajo la autoridad del Tratado Bilateral de Protección de Inversiones (TBI) entre EE.UU y Ecuador, la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya concluya que Chevron-Texaco no es responsable de ningún reclamo colectivo, eximiendo a la petrolera de toda responsabilidad ambiental y social.

La sentencia que deberá ser ratificada o negada en los próximos meses, fue publicada el 17 de septiembre del 2013, el mismo día en que, el presidente Rafael Correa, coincidencialmente, manchó su mano con petróleo del pozo Aguarico 4, en la provincia amazónica de Sucumbíos, dando inicio a la campaña “La mano sucia de Chevron-Texaco”.

Para el Presidente, la piscina de crudo del pozo Aguarico 4, es una prueba de que Texaco no reparó o reparó mal las áreas impactadas, hablamos de cerca de mil piscinas con residuos contaminantes, de las cuales apenas se repararon 162, refirió el mandatario y agregó: “Yo metí la mano en una especie de pantano donde sale el agua con puro aceite y estos inmorales, delincuentes, con sus millones quieren pretender que esto no existe, existe señores y cualquiera de ustedes lo puede ir a probar y no podrán tapar la verdad”.

“Esta piscina, de hecho, la abandonó Texaco en 1986. Nadie más la ha tocado”. De acuerdo con las actas de 1996, 1997 y 1998 y el registro de áreas remediadas por Texpet, no consta Aguarico 4.

Mientras el mandatario exponía las huellas de la contaminación, el tribunal de la Corte de La Haya encontraba que la petrolera estadounidense, no era responsable de ningún reclamo colectivo. La búsqueda de una pronta remediación ambiental para el noreste amazónico del país, se ha visto interrumpida por procesos poco favorables para los demandantes.

Este nuevo revés se debe a que, entre 1995 y 1998, Ecuador; Petroecuador y Texaco, firmaron los acuerdos de liberación de responsabilidades, documentos que son la principal herramienta de defensa de Chevron-Texaco.

La reacción del régimen al conocer el fallo, fue dar un giro estratégico y mediático al pasado, a tiempos de Jamil Mahuad, algo así como superar un prolongado alzheimer judicial, para intentar identificar responsables criollos, ignorados por la justicia y los gobiernos durante casi una década y media.

Ahora, esos ignotos exfuncionarios,  algunos de los cuales están en el ocaso de su vida, son identificados por el Secretario Jurídico de la Presidencia, Alexis Mera, como: “delincuentes, traidores a la Patria, sinverguenzas y corruptos”. Esos fueron los términos con los que refirió a los exfuncionarios de los gobiernos de Sixto Durán y Jamil Mahuad, responsables de la firma del contrato de remediación en 1995 y el acuerdo de finiquito en 1998, -instrumentos con los cuales se liberó de responsabilidad a la multinacional Texaco-. Mera, igualmente orientó su enojo y exigencias a la Fiscalía, pidiendo al fiscal general Galo Chiriboga, el enjuiciamiento de los implicados por el delito de peculado.

“Es terrible lo que hicieron tanto los funcionarios de Sixto Durán Ballén como de Mahuad. Firmaron sin remediar las piscinas de Chevron y dieron un finiquito estableciendo que todo estaba limpio. La Contraloría estableció indicios de responsabilidad hace algunos años, pero desgraciadamente la fiscal (de ese entonces) Cecilia Armas viró la cara y dijo que no pasó nada, que éste era un problema de carácter civil. Ya hemos pedido al fiscal Galo Chiriboga que reabra el proceso, por cuanto consideramos que hay indicios de peculado, cuyo delito no prescribe”, precisó Mera Giler.

En efecto, el excontralor Genaro Peña, realizó un examen especial a los trabajos de remediación y al acuerdo de finiquito suscrito entre funcionarios del gobierno de Jamil Mahuad y la compañía Texaco (Texpet) en el año 1998.

Las conclusiones del organismo de control subrayaron graves violaciones al contrato de remediación y a la normativa ambiental: “No se cumplieron con todos los trabajos que debían ejecutarse de acuerdo con los compromisos suscritos, es decir que los daños ambientales causados por el patrón tecnológico aplicado por la Texaco en las operaciones hidrocarburíferas son económicamente muy elevados, es difícil y a veces imposible la reparación, por lo cual el objeto del contrato únicamente se orienta a remediar una parte de las afectaciones ambientales; el alcance de los trabajos y el plan de reparación ambiental han sido elaborados con omisiones y deficiencias técnicas y legales, lo que trajo como consecuencia que su ejecución no sea correcta y por ende queden afectados gravemente el medio ambiente y en especial los intereses del Estado, varios trabajos realizados por la firma Texpet en la ejecución del Plan de Repación Ambiental, específicamente lo relacionado con la revegetación, el tratamiento de la aguas residuales, y la limpieza de las piscinas, plataformas y los derrames en pantanos, esteros y ríos, han incumplido con las Regulaciones Ambientales para las actividades hidrocarburíferas…”, destaca el informe que determinó además la presunción de responsabilidad penal.

Con base al referido documento, la Fiscalía del Estado, inició el año 2004 una indagación previa en contra de los siguientes exfuncionarios: Giovanni Rosanía, Hugo Jara Román, Jorge Albán Gómez exsubsecretario de Protección Ambiental del Ministerio de Energía y Minas, actual vicealcalde de la ciudad de Quito; Patricio Izurieta, director nacional de Protección Ambiental y Patricio Maldonado Jefe de la Unidad de Protección Ambiental de Petroecuador; Ricardo Reis Veiga y Rodrigo Pérez Pallares, vicepresidente y representante legal de Texpet respectivamente; Martha Romero de la Cadena asesora de la Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de Energía y Minas; Jorge Dután y Aliz Suárez, funcionarios de la Dirección Nacional de Hidrocarburos; además de Marcos Trejo Ordóñez, de Petroproducción; Ramiro Gordillo, expresidente de Petroecuador; Luis Albán Granizo, exgerente de Petroproducción, y Patricio Rivadeneira, exministro de Energía y Minas.

De las evidencias expuestas, queda claro que la exfiscal, Cecilia Armas, dispuso el archivo definitivo del proceso, como consta en el documento suscrito por Washington Pesántez, el 13 de marzo del año 2007. Pese a que el Gobierno tenía conocimiento de lo actuado en el caso Chevron-Texaco, Armas gozó de plena confianza del movimiento PAIS, lo cual devino en su designación como fiscal subrogante de Galo Chiriboga, convirtiéndose en la mano ejecutora de decisiones trascendentales, como fue el abandono del caso Palo Azul, el año 2012, proceso en el cual también estuvo relacionada el año 2006, cuando igualmente solicitó su archivo.

A raíz de la firma de los cuestionados documentos, la petrolera extranjera asegura que su trabajo de remediación está hecho y lo que falta por hacer, es de responsabilidad de Petroecuador, hoy Petroamazonas, compañía que también operó en la zona. Documentos incorporados al proceso internacional, demuestran que este no sólo es un hito funesto en la historia del país, sino que también, las firmas y nombres constantes en lo que ahora para el Ecuador significa una “acta de destrucción sin responsables”, pasan desapercibidos; sus nombres y las entidades a las cules representaban, tampoco han querido reconocer su oficiosidad.

La cronología del caso empieza el 3 de noviembre de 1993 cuando, entre colonos e indígenas Cofanes, Secoyas y Kichwas de Orellana y Sucumbíos presentaron la primera demanda en contra de la petrolera Texaco en la Corte del Distrito Sur de Nueva York, acusándola de haber contaminado y afectado la salud de los habitantes que argumentan un total descuido en el uso de tecnología barata y además obsoleta entre 1964 y 1990.

Pero la defensa de Texpet (Texaco-Petroleum) aseguró que cada sitio había sido inspeccionado y certificado por el Gobierno del Ecuador en 1998. Este expresó su satisfacción con el programa de remediación y otorgó a Texpet una total y completa liberación de toda responsabilidad u obligación futura, asociadas con el desempeño de Texpet en el consorcio petrolero.

Entre octubre de 1995 y septiembre de 1998, Woodward-Clyde (empresa de ingeniería ambiental) realizó (en representación de Texaco y pagada por ésta) las tareas de remediación exigidas en el Contrato de Transacción de 1995 y el Plan de Acción de Reparación. Como parte de este trabajo, Woodward-Clyde y sus subcontratistas implementaron proyectos de remediación consistentes en:

  • Remediar y cerrar 162 piscinas y 6 áreas de derrame en 133 sitios de pozos;
  • Remediar suelos contaminados (aproximadamente 6000 metros cúbicos) en 13 estaciones de producción, cinco instalaciones abandonadas y 17 sitios de pozos;
  • Identificar y proveer equipos de tratamiento y procesamiento de agua en seis estaciones de producción y cuatro sitios de pozos;
  • Diseñar e implementar obras de taponamiento y abandono en 18 sitios de pozos que habían sido abandonados previamente;
  • Recuperar, tratar, mejorar y reciclar aproximadamente 28 000 barriles de materiales hidrocarburíferos provenientes de las piscinas remediadas, lo que le generó a Petroecuador ingresos adicionales; y
  • Resembrar áreas afectadas, a cuyo efecto se utilizaron especies vegetales originarias de la Amazonía, o se entregaron esas áreas a las comunidades locales para el uso alternativo de la tierra.

Con estas bases, en el 2010, el Tribunal Arbitral del caso Chevron, mediante un laudo parcial, determinó que desde 1995, Texpet ya había negociado un acuerdo transaccional con el Ecuador y Petroecuador, por lo cual desde entonces debía hacerse cargo de los proyectos especificados de remediación ambiental correspondientes a su participación minoritaria en el Consorcio. La Comisión determina también que Texpet dedicó aproximadamente 40 millones de dólares en proyectos de remediación ambiental y proyectos de desarrollo comunitario.

La defensa de Texaco considera esa cifra como inversiones realizadas hasta 1998, elemento con el cual se protege en el TBI. “Todos los organismos competentes del Gobierno ecuatoriano inspeccionaron los trabajos de remediación y confirmaron que se los había finalizado de conformidad con lo previsto en el acuerdo transaccional (…) El Ecuador y Petroecuador conservaron su responsabilidad por el impacto ambiental restante derivado de las actividades desarrolladas por el Consorcio con anterioridad a 1992, así como también por todo impacto futuro generado por las operaciones que la propia Petroecuador siguió desarrollando en lo que había sido el área de la Concesión”, dicta el documento de arbitraje.

Previamente a la suscripción del acuerdo final de liberación de responsabilidades con Texaco, en 1998, se firmaron varias actas de recepción de trabajos de remediación. Una de ellas, es la rubricada el 16 de octubre de 1997, entre los representantes de la transnacional y Jorge Albán Gómez, que en ese entonces desempeñaba el cargo de subsecretario de protección ambiental del Ministerio de Energía y Minas, en la cual consta la aprobación y aceptación de los trabajos realizados por Texaco de conformidad con la cláusula 4.1 del Contrato para la Ejecución de Trabajos de Reparación Medioambiental y Liberación de Obligaciones, Responsabilidades y Demandas, celebrado el 4 de mayo de 1995. Albán, se proclama hasta ahora un estudioso y defensor del medioambiente, sus convicciones lo han llevado a aprobar una remediación, que -irónicamente- su entorno político ahora rechaza rotundamente.

Durante el período de tres años comprendido entre octubre de 1995 y septiembre de 1998, en los gobiernos que se sucedieron: Sixto Durán, Abdalá Bucaram, Fabián Alarcón y Jamil Mahuad, se firmaron nueve actas en las cuales quedó documentada su aceptación de que las piscinas allí enumeradas habían sido remediadas de conformidad con el acuerdo alcanzado por las partes y se certificó el carácter adecuado de la labor de remediación que el Ecuador había supervisado y evaluado de manera constante.

A su vez, cada una de esas actas contó con el respaldo de cientos de documentos de certificación. El 30 de septiembre de 1998, el Ministro de Enería y Minas, Petroecuador y Texaco (Texpet), suscribieron el Acta Final de Liberación en que se certificaba que Texpet había cumplido con la totalidad de las obligaciones que le imponía el Contrato de Transacción de 1995 y se la liberaba de toda responsabilidad ambiental surgida de las operaciones del Consorcio. El Ecuador y Petroecuador, representados por Patricio Ribadeneira como ministro de Energía y Minas; Ramiro Gordillo, presidente de Petroecuador; Luis Albán Granizo, gerente de Petroproducción, conservaron su responsabilidad por el impacto ambiental y las tareas de remediación restantes y futuras.

La prueba documental existente en el juicio es abrumadora y determina de manera contundente los daños ambientales provocados y los impactos sociales, culturales y económicos. Quienes estuvieron al tanto por parte de Ecuador, de los acuerdos de remediación con Texaco, aún no han admitido su grado de participación, menos aun el adeudo que tienen con el país.

El juicio que empieza en 1993, se inició con la acusación de abogados de EE.UU. y 76 demandantes ecuatorianos que atribuyeron a la petrolera Chevron, los daños causados ante la Corte Federal de EE.UU.

El 16 de agosto del 2002 la Corte de Apelaciones de Nueva York resolvió enviar el caso al Ecuador. Los demandantes de forma unánime decidieron seguir con la acción judicial y el 7 de mayo del 2003 se presentó la demanda en la Corte Superior de Nueva Loja; el 21 de octubre de ese año miles de afectados se movilizaron a la ciudad de Nueva Loja para participar en la audiencia con que se inició este juicio histórico.

En el año 2004, Chevron inició un proceso arbitral en Nueva York (Arbitraje Chevron I) en contra de Petroecuador para evitar el pago de cualquier sentencia adversa en el juicio ambiental de Lago Agrio. Frente a ello, el Estado ecuatoriano presentó el mismo año una acción ante las cortes de Nueva York para que no continúe el proceso arbitral. Las cortes de EE.UU. dieron la razón al Ecuador.

Posteriormente Chevron demandó al Estado ecuatoriano ante la Corte de La Haya por USD 1600 millones (Arbitraje Chevron II). La controversia impugnaba la falta de celeridad de la justicia ecuatoriana en siete demandas por incumplimientos del contrato, en cuanto a la repartición de crudo, que Texaco presentó contra Petroecuador entre 1991 y 1993. El Tribunal Arbitral fijó una indemnización de USD 698 millones a favor de Chevron, con el cobro de impuestos, el monto bajó a USD 96 millones.

En septiembre del 2009, Chevron presentó otra demanda arbitral contra Ecuador (Caso Chevron III) en busca de que el Estado ecuatoriano asuma cualquier indemnización que se le busque cobrar por daños en la Amazonía. Chevron insiste en haber remediado sus pasivos ambientales, y que los pasivos restantes son responsabilidad de Petroecuador.

Los infortunados acuerdos de liberación son ahora el pedestal de defensa de Chevron y por lo que legalmente, Petroecuador se convertiría en el único titular de continuas y crecientes operaciones de producción petrolífera en lo que fuera anteriormente el área de la Concesión. Los temores ponen al gobierno contra las cuerdas, como señalara el canciller Ricardo Patiño, de ratificarse la sentencia a favor de Chevron-Texaco, con la cual se liberaría de responsabilidad a la transnacional en los impactos ambientales, la sentencia de la Corte de Sucumbíos, que reconoce 19 000 millones de dólares a las camunidades demandantes, deberá ser asumida por la empresa pública Petroecuador, lo cual conduciría a la quiebra del Estado. 19 000 millones es una cifra equivalente a lo que el gobierno espera obtener de la explotación del Yasuní.

El 14 de febrero del 2011, el Presidente de la Corte Provincial de Sucumbíos, juez Nicolás Zambrano, emitió la primera sentencia en contra de Chevron Texaco. El veredicto fue en favor de los demandantes y se sentenció a la petrolera al pago de 9500 millones de dólares para ser empleados en la reparación del daño ambiental, que incluye limpieza de los suelos, instalación de sistemas de agua e implementación de sistemas de salud para la zona.

Además el juez impuso una sanción punitiva que consistía en que Chevron pidiera disculpas públicas a los afectados, en un plazo de 15 días posterior a la sentencia. En caso de no hacerlo la sanción se incrementaría al doble del monto señalado. Acatando esta disposición, ahora la petrolera debe a los afectados más de 19 000 millones de dólares, monto que servirá según lo dispuesto por el juez para implementar un plan para la recuperación y fortalecimiento de los pueblos ancestrales, limpieza de vías donde se arrojaron crudos y la implementación de un plan económico para los campesinos que tienen tierras afectadas por la contaminación.

En julio de 2013, Chevron volvió a tomar cartas sobre el asunto y ratificó su denuncia ante la sentencia que dictaba la indemnización de 19 000 millones de dólares, basándose en pruebas (correos electrónicos, anotaciones, agendas, videos, memos, declaraciones y toda la información que estaba en poder del equipo de abogados de los demandantes de Lago Agrio en los Estados Unidos); con el fin de comprobar que la sentencia dictada era producto de procesos sobornados, falsificación de pruebas y actividades ilícitas ejecutadas por los abogados de los demandantes.

El 17 de septiembre de 2013 se dio el fallo parcial a favor de Chevron y de su filial Texaco Petroleum Company (Texpet). El tribunal de la Corte de La Haya encontró que la petrolera estadounidense no es responsable de ningún reclamo ambiental colectivo por daños ambientales, con base en los acuerdos de liberación de responsabilidades que los gobiernos del Ecuador firmaron con Texpet en 1995 y 1998.

Este contrato firmado por el Ministro de Minas y Petróleos de aquel año, Galo Abril Ojeda, el expresidente Ejecutivo de Petroecuador, Federico Vintimilla Salcedo; Ricardo Reis Veiga, Vicepresidente de Texaco de ese entonces y su representante legal Rodrigo Pérez Pallares, impide a terceras personas formular reclamos fundados en derechos “difusos” o “colectivos”, ya que estos habrían sido objeto de la liberación conferida por el Gobierno de la época.

Entre la billetera y la ideología

El mismo día en que se dio el fallo a favor de Chevron, el presidente Rafael Correa, visitó las zonas contaminadas de la Amazonía e instó a todo el mundo a no comprar productos de la marca. Anteriormente ha buscado apoyo de la Unasur para evitar el desprestigio al Ecuador por parte de la petrolera.

Sin mucha coherencia ideológica con la campaña lanzada, países como Argentina se encuentran en  negociaciones con Chevron que  se asoció con la estatal YPF para desarrollar un proyecto que costará 1240 millones de dólares para explotar un yacimiento de crudo en Vaca Muerta, en la provincia de Neuquén. Previamente, la justicia argentina decidió suspender cualquier incautación de bienes de la multinacional Chevron, dispuesta por la Corte de Justicia de Sucumbíos.

De la misma manera, Chevron continúa haciendo excelentes negocios con Venezuela. El 11 de septiembre pasado la estatal Pdvsa y Chevron sellaron un acuerdo para explotar un bloque ubicado en su frontera marítima que contiene 10,25 billones de pies cúbicos de gas.

En mayo del 2013, el representante de Chevron para América Latina, Alí Moshiri, ferviente admirador del extinto líder Hugo Chávez, confirmó un préstamo de USD 2000 millones a Petróleos de Venezuela (Pdvsa) para fortalecer la operación de la empresa mixta Petroboscán, proyecto del cual Chevron es socio minoritario con el 39,2% de las acciones. Dichas negociaciones no han colaborado ni son consistentes con la hermandad latioamericana profesada por Nicolás Maduro y Cristina Fernández, a su amigo Rafael Correa.

Pero, procedimientos comerciales del propio Gobierno ecuatoriano demuestran incompatibilidad con la campaña del líder ecuatoriano en contra de Chevron. Se llama a no comprar productos de la multinacional, pero, desde el año 2007 se provee regularmente de crudos Oriente y Napo, a la refinería de Chevron Products, en California-EE.UU., a través de Petrochina, empresa que revende el petróleo ecuatoriano en el mercado norteamericano, vulnerando el convenio de Alianza Estratégica, que obliga a la compañía china a llevar el crudo a sus refinerías, según se desprende del informe de la Contraloría del Estado, de marzo del año 2013.

Los temores de Carondelet

Aunque la campaña “La mano sucia de Chevron”, pretenda posicionar un sello mediático y político de fortaleza del gobierno, tras los biombos de Carodenlet se esconden miedos y temores, por las consecuencias directas e indirectas que podrían generar fallos adversos, no sólo de Chevron, sino de otros procesos, igualmente preocupantes, como Occidental, Perenco, o incluso las advertencias de sus aliados chinos frente a eventuales acciones internacionales.

Mientras el Gobierno trata de reconstruir esta parte del caso, varias son las inquietudes que ha presentado el asambleísta zamorano Cléver Jiménez en torno a la problemática entre el país y Chevron-Texaco. El legislador ha solicitado al presidente Rafael Correa que aclare cuáles son las estrategias que ha dispuesto la presidencia para precautelar los bienes públicos en el extranjero ante un eventual embargo que podría ejecutar la justicia norteamericana en cumplimiento de la sentencia en el caso Chevron II, que obligaría al Ecuador a pagar un aproximado de 102 millones de dólares. Según el legislador, el Pacific National Bank de Miami estaría en peligro de embargo, además de los depósitos del Banco del Pacífico de Ecuador que se encuentran en esa sucursal extranjera.

LA FUENTE pudo confirmar las preocupaciones de altos funcionarios del gobierno y de la Procuraduría del Estado, respecto a la ejecución del Laudo en cualquier Estado o Corte Federal en los Estados Unidos a partir del 8 de julio de 2013; así como las acciones de ejecución que se podrían iniciar sobre bienes que no estén sujetos a inmunidad de embargo y ejecución bajo la Ley de Inmunidad de Soberanía Extranjera. Para el gobierno, el incumplimiento del fallo podría tener los siguientes efectos: la anulación del proceso conocido como Oxy II; argumento para levantar la suspensión de la ejecución del laudo, o la fijación de una caución para el mantenimiento de la suspensión.

La preocupación al más ato nivel, originó que se emitieran alertas para asegurar activos y cuentas bancarias en EE.UU., así como exportar petróleo FOB e importar CIF, proteger los barcos de Flopec, aviones del Estado y cuentas de Ep Petroecuador y Banco Central. Especial interés tiene la suerte del avión Airbus 330-243 de Tame Ep, que cubriría la ruta Quito-Nueva York, aunque al encontrarse bajo la figura de leasing, se protegería de cualquier acción judicial.

De igual manera Jiménez ha solicitado, tanto al presidente Correa, como al procurador General del Estado, Diego García Carrión, que aclaren la participación del bufete de abogados Foley Hoag, que preside el prestigioso abogado Paul Reichler, en el polémico juicio de Chevron.

Según el asambleísta, el bufete Foley Hoag y su representante Paul Reichler no sólo formarían parte de la defensa del Ecuador, sino que también estarían aliados a la compañía Chevron, como cliente de la multinacional, por lo que las estrategias de defensa podrían verse seriamente afectadas, al no existir lealtad parcial en el caso. Entre la información que maneja el asambleísta Jiménez, se encuentran datos estrictamente relacionados a la preocupación expresada por parte de funcionarios del gobierno ecuatoriano, al enterarse de que la firma Foley Hoag, desde el 2009, maneja ciertos intereses de Chevron. Hechos que habrían sido confirmados con el propio abogado Reichler.

Por su parte Foley Hoag y, en especial, Paul Reichler habrían expresado su total apoyo a los intereses del Ecuador, resaltando las colaboraciones de análisis puntuales para efectos de verificación de estrategias y acciones futuras en los procesos legales para enfrentar a la empresa petrolera.

Para Jiménez, esto sólo podría significar un doble juego de intereses, pues Foley Hoag maneja los temas más importantes en relación a problemáticas internacionales como el conflicto con Colombia por las fumigaciones con glifosato. Según el asambleísta, Reichler habría convencido a Rafael Correa de dejar insubsistente la demanda planteada en La Haya.

Esta inquietud, es una de las tantas que ha formulado el legislador de Pachakutik, quien asegura además, que la falta de lealtad jurídica y ética de Reichler y Foley Hoag, surge en un marco preocupante de violación de la privacidad y la soberanía, al ordenarse mediante la acción RICO, desarrollada en Nueva York, la supervisión de correos electrónicos y material privado del equipo de defensa de los demandantes de Lago Agrio por presuntas acusaciones de corrupción.

Los pedidos de revelación de información han sido utilizados por todas las partes involucradas en el pleito en reiteradas ocasiones. La orden actual, dada por el juez estadounidense Lewis Kaplan que preside el caso, pretende obtener las direcciones IP de las cuentas de correos electrónicos de ciudadanos ecuatorianos vinculados a la defensa frente a Chevron-Texaco.

Esta acción constituye un riesgo para el Ecuador que se encuentra prácticamente sometido a la moción de un juez extranjero. Mientras tanto, medios como The Guardian ya han hecho pública la noticia que relata el acceso de Chevron a más de 100 cuentas de email de activistas ambientalistas, periodistas y abogados involucrados en la disputa legal, lo que ha desembocado en una demanda por parte de Chevron a más de 50 personas que forman parte de la defensa de Lago Agrio, aduciendo que son parte de una conspiración para estafar a la petrolera.

Organizaciones como Electronic Frontier Foundation (EFF) y EarthRights Internacional (ERI) han advertido de los efectos intimidatorios que estas acciones pueden causar en los demandantes, mientras que la estrategia acometedora de Chevron ha logrado que el frente del Gobierno Nacional adopte una posición a la defensiva, pero a la vez temerosa de la información que éstos puedan revelar para desmantelar un sistema judicial corrupto que cambie la percepción pública del caso.

China se suma a las presiones

Al parecer, las instituciones crediticias chinas, en especial el Banco de Desarrollo de China (CDB), que aprendieron rápidamente los procedimientos de su competencia, hoy intentan curarse en sano. A través de comunicaciones de fechas 25 y 29 de octubre del 2012, dirigidas por el CDB al Ministerio de Finanzas, esa institución manifestó una serie de inquietudes respecto al Laudo emitido el 5 de octubre del 2012 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), a favor de la transnacional Occidental.

En reuniones sostenidas en Beijing como parte de las negociaciones para la concesión de nuevos créditos atados a la provisión de petróleo, “Fase III”, el CDB hizo conocer a los representantes del Ecuador, cinco preocupaciones con un evidente sabor a advertencia:

1) que el Ecuador no incumpla tratados internacionales vigentes; 2) que se respeten los resultados de procesos arbitrales internacionales; 3) que el CDB no se vea involucrado en disputas relacionadas con la ejecución de fallos arbitrales o sentencias judiciales adversas al Ecuador; 4) que se respeten las clausulas contenidas en los acuerdos financieros vigentes con el CDB (en particular las cláusulas 15.9, 15.15, 15.16, 17.4.1, 18.6, 18.17 y 18.18 del convenio de crédito de cada una de las fases); y 5) que el flujo de fondos a Ecuador derivados de los préstamos y acuerdos de comercialización de crudo de las tres fases, así como los fondos destinados al repago de esos créditos, se vean protegidos por inmunidad bajo el derecho chino, ante un eventual ataque por parte de la Occidental u otras contrapartes del Ecuador en juicios y arbitrajes de mayor cuantía.

La delegación ecuatoriana se limitó a aclarar que con el registro de la solicitud de anulación que había sido presentada, el Ecuador no tenía obligación de pagar monto alguno a la Occidental. Además, de que el país es un Estado soberano que tiene capacidad financiera para repagar al CDB la deuda contraída conforme a lo pactado.

También argumentaron que el caso de Occidental ha permanecido en curso desde el año 2006, y la emisión del fallo de la mayoría del panel arbitral del Ciadi es un paso en el proceso jurídico. Por su parte Petroecuador, través de oficio suscrito por su gerente, Marco Calvopiña, en noviembre del año 2012, dirigido a Mr. Tian, Vicepresidente del China Development Bank Corporation (CDB), precisó algunas aclaraciones en esa misma dirección. 

Este comportamiento del Gobierno chino, merece respuestas de la Procuraduría del Estado, toda vez que la posición ecuatoriana es contraria a las exigencias del CDB, en torno al fallo de Occidental y otros que están en trámite en varias instancias internacionales.

Costosa derrota: USD 40 millones en abogados

Después de sumar el gasto en honorarios pagados a la firma Winston & Straw por asesoramiento, las cifras gastadas para el proceso de defensa ante la Corte de Arbitraje y los gastos en general, tanto en el caso Chevron II (años 2006, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012) y en el caso Chevron III (años 2010, 2011, 2012), ha costado al bolsillo del Gobierno, hasta el momento la cifra de USD 40 135 971,84, según datos proporcionados por el informe de gastos en arbitrajes internacionales realizado por la Procuraduría General del Estado.

Chevron II  

El demandante (Chevron), alegó en el proceso arbitral que al no resolverse las siete causas de manera oportuna o equitativa, los tribunales del Ecuador han incurrido en un “retraso indebido” y un “tratamiento injusto y no equitativo” bajo el derecho internacional consuetudinario, constituyendo un caso de denegación de justicia en violación del tratado entre Ecuador y EE.UU. sobre promoción y protección de inversiones.

El demandado (Ecuador), alega que no es posible aplicar un estándar de denegación de justicia debido a que el Derecho Internacional Consuetudinario exige que se hayan agotado todos los remedios procesales existentes.

El laudo determinó que el Ecuador era responsable por la violación del Art. II (7) del TBI firmado entre Ecuador y EE.UU. al no haber entregado a Chevron-Texaco efectivos para la solución de sus controversias por lo cual el laudo final determinó que el Ecuador debía pagar a la compañía un valor total de USD 96 000 000 más intereses.

Posteriormente Ecuador solicitó la nulidad de los laudos pero ésta fue negada por la Corte Distrital de La Haya. Hasta junio de 2013 el monto a pagar llegaba a USD 102 millones.

Chevron III

Según el demandante (Chevron) existía un incumplimiento del TBI con EE.UU., además de un perjuicio y daño moral por haber inculpado a la petrolera estadounidense y no a Petroecuador que legalmente tiene la responsabilidad de remediación ambiental en la Amazonía.

Chevron-Texaco alegó una supuesta denegación de justicia por cuanto a su juicio en el proceso en la Corte de Sucumbíos se presentaron actos de corrupción de los demandantes, los jueces, el Estado y peritos; por lo tanto el Ecuador sería responsable de cualquier monto que se le pretenda cobrar por la sentencia del caso Lago Agrio.

El Tribunal Arbitral dictó el 27 de febrero del 2012, un laudo interino sobre jurisdicción y admisibilidad, con el cual se declaró competente para conocer las demandas planteadas por la compañía Chevron-Texaco. Para la etapa de fondo, se dividió el procedimiento en dos fases:

Primera fase: Se discutió la naturaleza de los acuerdos de liberación suscritos entre Ecuador y Texaco. Ecuador presentó su memorial el 3 de julio del 2012 y su Réplica el 26 de octubre del 2012. Por su parte, Chevron presentó su contestación el 29 de agosto del 2012. Del 26 al 28 de noviembre del 2012 se efectuó una audiencia en la ciudad de Londres.

Segunda fase: Se discutieron las supuestas violaciones al Tratado Bilateral para la Promoción y Protección de inversiones suscrito entre Ecuador y EE.UU. Ecuador presentó su contestación el 18 de febrero del 2013 y la súplica el 20 de septiembre del 2013. Se ha previsto una audiencia del 20 de enero al 7 de febrero del 2014.

Esta investigación fue escrita por Fernando Villavicencio y Belén Palma y  publicada en Plan V el 3 de octubre de 2013